en uso de sus atribuciones legales
Artículo 1
Artículo único. Apruébese el Acuerdo número 3, del corriente año, expedido por el Consejo Directivo de la Facultad de Matemáticas e Ingeniería de la Universidad Nacional, que en lo pertinente dice: "ACUERDO NUMERO 3 DE 1934 (junio 20) "Por el cual se dicta una disposición transitoria. "El Consejo Directivo de la Facultad Nacional de Ingeniería, "en uso de sus atribuciones, y "CONSIDERANDO: "1° Que han sido llamados al servicio del Ejercito Nacional varios alumnos de los últimos años de la Facultad, con destino al curso especial de Artillería. "2° Que tales alumnos han solicitado del Consejo no se les computen fallas en la Facultad, mientras hacen el curso de Artillería; y "3° Que el Consejo estima éste como un caso muy especial en el que el Gobierno Nacional trata de aprovechar los conocimientos de las Misiones Chilenas con la asistencia de alumnos convenientemente preparados a los cursos que ellas dictan, "ACUERDA: Para lo relacionado con lo dispuesto en el capítulo XI del Reglamento vigente, no se computarán las fallas de los alumnos de la Facultad que siguen el curso especial de Artillería, durante el tiempo dispuesto por el Ministerio de Guerra para hacer dicho curso. "Solicítese la aprobación del señor Ministro de Educación Nacional. "