Micelio

decreto 1648 de 1977

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Artículo 1Adiciónase El Presupuesto De Rentas Y Recursos De Capital De La Vigencia Fiscal De 1977, Con La Cantidad De Seiscientos Ochenta Y Tres Millones Cincuenta Y Nueve Mil Novecientos Ochenta Y Tres Pesos Con Ochenta Y Cuatro Centavos ($ 683

º Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la vigencia fiscal de 1977, con la cantidad de seiscientos ochenta y tres millones cincuenta y nueve mil novecientos ochenta y tres pesos con ochenta y cuatro centavos ($ 683.059.983.84) moneda legal, que con base en los Certificados de Disponibilidad números 11, 12 y 18 de 1977, expedidos por la Contraloría General de la. República, se incorporarán en los siguientes numerales:

Artículo 2Con Base En Los Recursos De Que Trata El Artículo Lo Anterior, Ábranse Los Siguientes Créditos Adicionales Extraordinarios En El Presupuesto De Gastos De La Vigencia Fiscal De 1977:

° Con base en los recursos de que trata el artículo lo anterior, ábranse los siguientes créditos adicionales extraordinarios en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1977:

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir, De La Lecha De Su Expedición

º El presente Decreto rige a partir, de la lecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público