Artículo 1
Artículo primero. Autorizase al Departamento Administrativo de Servicios Generales para que mediante los trámites correspondientes adquiera con destino a los Colegios Mayor de Antioquia y Javiera Londoño de Medellín, los inmuebles en donde funcionan las Facultades de Ingeniería Química, Derecho y Biblioteca de la Universidad de Antioquia.
Artículo 2
Artículo segundo. Para efecto del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, el Departamento Administrativo de Servicios Generales dispondrá inicialmente de 'a suma de dos millones seiscientos cincuenta y tres mil doscientos pesos ($ 2.653.200.00) moneda comente, que se discriminan así: Seiscientos cincuenta y tres mil doscientos pesos ($ 653.200.00) en la Caja de OAPEC (Oficina Administrativa para Programas Educativos Conjuntos); un millón de pesos ($ 1.000.000.00), del Presupuesto Nacional de 1967 en poder de la Pagaduría del Colegio Mayor de Cultura Femenina de Antioquia, y un millón de pesos ($ 1.000.000.00) del Presupuesto Nacional de 1968 de la actual vigencia.
Artículo 3De La Ley 48 De 1945
Artículo tercero. El saldo se cubrirá con las apropiaciones presupuéstales de las próximas vigencias, de conformidad con la autorización que para este efecto le da al Gobierno el artículo 4.° de la Ley 48 de 1945.
Artículo 4
Artículo cuarto. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.