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decreto 513 de 2011

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar su planta de personal, encontrándola ajustada técnicamente y emitiendo en consecuencia, c

Considerando · 2 motivos

Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar su planta de personal, encontrándola ajustada técnicamente y emitiendo en consecuencia, concepto técnico favorable.

Que para los fines del presente decreto se cuenta con el concepto de viabilidad de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 1Suprímense Los Siguientes Cargos De La Planta De Personal Del Departamento Administrativo De La Presidencia De La República, Así: Secretarías Presidenciales N O

°. Suprímense los siguientes cargos de la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, así: SECRETARÍAS PRESIDENCIALES N o . de cargos Denominación del Empleo Código Grado Uno (1) Asesor 2210 10 Uno (1) Profesional 3320 07 Uno (1) Secretaria de Despacho 5550 Uno (1) Secretario Ejecutivo 5540 11

Artículo 2Créanse En La Planta De Personal Del Departamento Administrativo De La Presidencia De La República, Los Siguientes Empleos: Secretarías Presidenciales N O

°. Créanse en la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, los siguientes empleos: SECRETARÍAS PRESIDENCIALES N o. de cargos Denominación del Empleo Código Grado Uno (1) Asesor 2210 14 Uno (1) Secretaria Ejecutiva 5540 17 Uno (1) Secretaria Ejecutiva 5540 15

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto 3444 Del 17 De Septiembre De 2010

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 3444 del 17 de septiembre de 2010.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública