Artículo 1
Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:
Artículo 585Para El Pago De Honorarios A Los Árbitros De Los Tribunales Especiales Que Se Constituyan De Conformidad Con Las Disposiciones Legales Respectivas, En El Año $ 5
Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DEL TRABAJO CAPITULO 51 Departamento Nacional del Trabajo. Del artículo 585. Para el pago de honorarios a los Árbitros de los Tribunales Especiales que se constituyan de conformidad con las disposiciones legales respectivas, en el año $ 5.300.00 Suman los contracréditos $ 5.300.00 CAPITULO 55 Jurisdicción Especial del Trabajo. Al artículo 507. Para sueldos del personal de la Jurisdicción Especial del Trabajo (Tribunal Supremo, Tribunales Seccionales y Juzgados), en el año $ 5.300.00 Suman los créditos $ 5.300.00
Artículo 2
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.