Artículo 1De Conformidad A Lo Previsto En El Artículo 2º Del Decreto 602 De 1977, Crease Prima Técnica Para Cada Uno De Los Siguientes Cargos De La Planta De Personal De La Dirección General De Impuestos Nacionales Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público:
º De conformidad a lo previsto en el artículo 2º del decreto 602 de 1977, crease prima técnica para cada uno de los siguientes cargos de la Planta de Personal de la Dirección General de impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito público:
Artículo 2La Asignación De La Prima Técnica Para Los Cargos A Que Se Refiere Al Artículo Anterior, Se Hará Por Decreto Del Gobierno, Con Base En La Solicitud Razonada Formulada Por El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Y Conforme A Lo Dispuesto En El Decreto 602 De 1977
º La asignación de la prima técnica para los cargos a que se refiere al artículo anterior, se hará por Decreto del Gobierno, con base en la solicitud razonada formulada por el Ministerio De Hacienda y Crédito Público y conforme a lo dispuesto en el decreto 602 de 1977.
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese,
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil