Micelio

decreto 3996 de 1950

2 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1A Partir Del 1° De Enero De 1951 Hácense Las Siguientes Supresiones En El Departamento De Obras Publicas: Trol Y Presupuesto Del Ministerio De Obras Públicas: Sección Primera-Subdirección Y Visitadores

° A partir del 1° de enero de 1951 hácense las siguientes supresiones en el Departamento de Obras Publicas: trol y Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas: Sección Primera-Subdirección y Visitadores. Dos Visitadores, desempeñados por los señores Alberto Forero y Antonio Barcias P., quienes pasaron a ocupar otros cargos. Sección Segunda-Presupuesto. Jefe Contador Primero, en la actualidad vacante. Oficial Ayudante, cargo desempeñado por el señor José Quintero. Contador Segundo, cargo desempeñado por el señor José Miguel Rincón. Sección Cuarta-Contaduría Pagadora . Contador Ayudante, cargo desempeñado por el señor Luís Benavides. Mecanógrafa, desempeñado por la señorita Amelia Torres.

Artículo 2Desde El Primero De Enero Próximo El Sueldo De Director Del Departamento De Contabilidad, Control Y Presupuesto Del Ministerio De Obras Públicas Será De Novecientos Cincuenta Pesos ($ 950) Comuníquese Y Publíquese

° Desde el primero de enero próximo el sueldo de Director del Departamento de Contabilidad, Control y Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas será de novecientos cincuenta pesos ($ 950) Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas