El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 1
Artículo primero. Créase la plaza de Auxiliar 2º de la Oficina Mixta de Pensilvania (Caldas), pagada por el citado Municipio hasta el 31 de diciembre del año en curso.
Artículo 2Del Presente Decreto
Artículo segundo. Nómbrase al señor José Vicente Marín Auxiliar 2º de la Oficina Mixta de Pensilvania (Caldas), en plaza creada en el artículo 1º del presente Decreto. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Correos y Telégrafos