Micelio

decreto 1813 de 1953

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Artículo 1Autorízase Al Personero Municipal De Bogotá Para Que Pacte Con El Banco De La República Una Nueva Prórroga Por Un Año, Del Contrato Celebrado Entre El Municipio De Bogotá Y Esa Entidad El 27 De Enero De 1941, Para La Administración De La Empresa De Teléfonos, En Las Mismas Condiciones Allí Estipuladas, A Partir De La Fecha En Que Termine La Prórroga Acordada El 11 De Julio De 1950

º. Autorízase al Personero Municipal de Bogotá para que pacte con el Banco de la República una nueva prórroga por un año, del contrato celebrado entre el Municipio de Bogotá y esa entidad el 27 de enero de 1941, para la Administración de la Empresa de Teléfonos, en las mismas condiciones allí estipuladas, a partir de la fecha en que termine la prórroga acordada el 11 de julio de 1950

Artículo 2Constituye Quórum En Las Deliberaciones De La Junta Directiva De La Empresa De Teléfonos De Bogotá, La Presencia De Tres De Sus Miembros

º. Constituye quórum en las deliberaciones de la Junta Directiva de la Empresa de Teléfonos de Bogotá, la presencia de tres de sus miembros.

Artículo 3Este Decreto Rige Desde Su Fecha

°. Este Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.