Artículo 1De Conformidad Con Lo Previsto En El Artículo 2
° De conformidad con lo previsto en el artículo 2.° del Decreto 602 de marzo 15 de 1977, créase la prima técnica para el siguiente cargo de la Planta de personal de la Superintendencia de Control de Cambios: N° de cargos Denominación del empleo Clase Grado Sueldo básico Superintendencia de Control de Cambios . 1 Secretario General II 32 $ 19.200
Artículo 2La Asignación De La Prima Técnica Para El Cargo A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Se Hará Por Decreto Del Gobierno, Con Base En La Solicitud Razonada Formulada Por El Ministro De Hacienda Y Crédito Público Y Conforme A Lo Dispuesto En El Decreto 602 De Marzo 15 De 1977
° La asignación de la prima técnica para el cargo a que se refiere el artículo anterior, se hará por Decreto del Gobierno, con base en la solicitud razonada formulada por el Ministro de Hacienda y Crédito Público y conforme a lo dispuesto en el Decreto 602 de marzo 15 de 1977.
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese,
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil