Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas E Ingresos Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1968, Con La Cantidad De Diez Y Seis Millones Ciento Veinticinco Mil Quinientos Treinta Y Nueve Pesos ($ 16
º Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1968, con la cantidad de diez y seis millones ciento veinticinco mil quinientos treinta y nueve pesos ($ 16.125.539), moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 4 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral: Presupuesto de Rentas e Ingresos. CAPÍTULO XV Recursos del Balance del Tesoro. Numeral 164-A. Superávit fiscal de 1967 $ 16.125.539.00 Suma el recurso $ 16.125.539.00
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1968: Presupuesto De Funcionamiento
º Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968: Presupuesto de Funcionamiento. MINISTERIO DE GOBIERNO CAPÍTULO 059 Registraduría Nacional del Estado Civil. Servicios personales. 101, 116, 105. Artículo 0637.-A. Gastos de representación $ 42.600 101, 116, 107. Artículo 0638. Sueldos del personal supernumerario 200.000 Gastos generales. 105, 106, 201. Artículo 0641. Mantenimiento y aseguros 70.000 105, 116, 301. Artículo 0642. Compra de equipo 80.000 106, 116, 203. Artículo 0643. Viáticos y gastos de viaje 50.000 106, 116, 205. Artículo 0644. Servicios de comunicaciones 60.000 106, 116, 305. Artículo 0646. Materiales y suministros 200.000 106, 116, 209. Artículo 0648. Arrendamientos 132.939 106, 116, 211. Artículo 0650. Gastos varios e imprevistos 150.000 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES CAPÍTULO 067 Rama Técnica. Programa 187. Relaciones con organismos y conferencias internacionales. Transferencias. 206, 112, 440. Artículo 0712-A. Para los trabajos de Hitos de demarcación en la frontera Colombo-Venezolana 100.000 Presupuesto de Inversión. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL CAPÍTULO 1053. Fuerza Aérea Colombiana. Programa 1355. Adquisición de material volante. Inversión directa. 476, 154. Artículo 10358. Adquisición de un escuadrón de aviones de instrucción, entrenamiento y transporte 15.040.000 Suman los créditos $ 16.125.539
Artículo 3Adiciónase La Leyenda Del Artículo 10712 Del Presupuesto De Inversión Del Ministerio De Fomento, En El Sentido De Que El Plan Maestro Comprende La Ampliación Del Acueducto Y Alcantarillado De Bogotá
º Adiciónase la leyenda del artículo 10712 del Presupuesto de Inversión del Ministerio de Fomento, en el sentido de que el Plan Maestro comprende la ampliación del acueducto y alcantarillado de Bogotá.
Artículo 4El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
º. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.