en ejercicio de las facultades que le confieren las Leyes 76 de 1927 y 11 de 1972 y el Decreto Legislativo 2078 de 1940
Artículo 1
ARTICULO 1º . Apruébese el Acuerdo número 1 de 1994 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente: "ACUERDO NUMERO 1 DE 1994 (marzo 16) El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y CONSIDERANDO
Que con base en el Decreto número 2078 de 1940 y en las disposiciones que lo adicionan y lo reforman el gobierno y la federación celebraron, el 22 de diciembre de 1988, un contrato de administración y manejo del Fondo Nacional del Café y Prestación de Servicios;
Que por medio de su Acuerdo número 16 de 15 de diciembre de 1993, el Comité aprobó la actualización del presupuesto de ingresos y egresos del Fondo Nacional del Café para la vigencia de 1993;
Que por un error mecanográfico en la transcripción de los datos, en el artículo primero del citado Acuerdo el valor asignado para el rubro de ingresos corrientes, otros ingresos corrientes, por $1.162.000.000,00, quedó antecedido del número "6", con lo cual la cifra quedó en $61.162.000.000,00, a pesar de lo cual las demás cifras parciales y totales de la citada actualización no sufrieron alteración, ACUERDA: Artículo 1º. Corrígese el valor del rubro de ingresos corrientes, otros ingresos corrientes, de la actualización del presupuesto de ingresos y egresos del Fondo Nacional del Café para la vigencia de 1993, contenida en el Acuerdo número 16 de diciembre 15 de 1993 de este comité. En consecuencia, la composición de dicha actualización así: Ingresos corrientes Por ventas de café 463.428.100 Ingresos por contribuciones obligatorias 37.052.000 Para el Fondo de Protección y Recuperación del Medio Ambiente 3.120.000 Ingresos financieros 144.548.200 Otros ingresos corrientes 1.162.000 Total ingresos corrientes 649.310.300 Egresos corrientes Compras de café 318.839.000 Gastos de operación y comercialización Café en el interior y en exterior 95.428.100 Transferencia para el sostenimiento del precio interno 27.000.000 Gastos financieros 97.349.800 Transferencia Ley 9° 32.450.500 Total egresos corrientes 571.067.400 Resultado neto operación corriente 78.242.900 Otros ingresos y egresos Otros ingresos 12.975.900 Otros egresos Programa de subsidio, fomento y diversificación 68.766.800 Programa de inversiones 54.434.800 Servicios prestados al fondo por Fedeecafé 46.061.400 Gastos varios 4.371 300 Fondo protección y recuperación del medio ambiente 2.393.400 Amortización deuda largo plazo 15.062.700 Total otros egresos 191.090.400 Total ingresos y (egresos) netos (-178114500) Déficit de presupuesto (-99871600) Financiación del déficit 99.871.600 Artículo 2º. Sométase el presente Acuerdo por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, a la aprobación del señor Presidente de la República. Aprobado en Santafé de Bogotá, D.C., a los dieciséis (16) días del mes de marzo de mil novecientos noventa y cuatro (1994). El Presidente (firmado), El Secretario (firmado)."
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación
ARTICULO 2º. El presente Decreto rige a partir de su publicación.