DecretoVigente
Decreto 264 de 1988
Por el cual se modifica la destinación del inmueble nacional aeropuerto Olaya Herrera
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º El Artículo Primero Del Decreto 2838 De 1980, Quedará Así: "destinase El Área Donde Actualmente Funciona El Aeropuerto 'olaya Herrera' Para Un Aeroparque Público Del Mismo Nombre, Que Cumpla Funciones Recreaciones, Culturales Y De Conservación Del Ambiente De Una Parte, Y, De Otra, Que Sirva Para El Funcionamiento De La Aviación General Y La Operación Regular Secundaria2º Las Fuerzas Militares Y La Policía Nacional, Conforme Al Mandato De Defensa Nacional Contenido En La Constitución Y En La Ley, Asumirán La Vigilancia, Seguridad Y Control De Las Áreas Que El Departamento Administrativo De Aeronáutica Civil Y El Municipio De Medellín De Común Acuerdo Destinen A Las Actividades Aeronáuticas3º El Departamento Administrativo De Aeronáutica Civil Adoptará Las Medidas Administrativas Necesarias Para El Adecuado Cumplimiento De Lo Prescrito En Este Decreto4º El Presente Decreto Rige Desde Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 3º del artículo 120 de la Constitución Política, y Publíquesey cúmplase
- César Gaviria TrujilloEl Ministro de Gobierno
- General Rafael Samudio MolinaEl Ministro de Defensa Nacional
- Yezid Castaño GonzálezEl Jefe del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil