Micelio

decreto 130 de 1949

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO que las obras de Construcción de la plaza de mercado cubierto y edificios para oficinas de Correos y Telégrafos, que se adelantan en la ciudad de Girardot, forma parte de la Zona de Edificios de Cundinamarca, y qué por tanto los pagos correspondientes a gastos causados por dichas obras debe hacerlos la Contaduría Pagadora del Ministerio de Obras Públicas

Artículo 1

El cargo de Subalmacenista-Pagador, creado por el artículo 2º del Decrete número 3687 de 1948, tendrá únicamente las funciones de Subalmacenista de las obras de construcción de la plaza de mercada cubierto, y edificio para oficinas de Correos y Telégrafos de Girardot.

Artículo 2Del Decrete Número 3687 De 1948, Tendrá Únicamente Las Funciones De Subalmacenista De Las Obras De Construcción De La Plaza De Mercada Cubierto, Y Edificio Para Oficinas De Correos Y Telégrafos De Girardot

Artículo único. El cargo de Subalmacenista-Pagador, creado por el artículo 2º del Decrete número 3687 de 1948, tendrá únicamente las funciones de Subalmacenista de las obras de construcción de la plaza de mercada cubierto, y edificio para oficinas de Correos y Telégrafos de Girardot.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas