en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que el Concejo Municipal de Mompós solicita del Gobierno que la suma de cincuenta mil pesos ($ 50,000), apropiada en el Presupuesto vigente, para cubrir el último ,contado del auxilio que- decretó e1 Congreso a favor de aquel Municipio, con motivo del IV centenario de su fundación, sea destinado a las obras indicadas por el mismo Concejo
Considerando · 3 motivos
Que el Concejo Municipal de Mompós solicita del Gobierno que la suma de cincuenta mil pesos ($ 50,000), apropiada en el Presupuesto vigente, para cubrir el último ,contado del auxilio que- decretó e1 Congreso a favor de aquel Municipio, con motivo del IV centenario de su fundación, sea destinado a las obras indicadas por el mismo Concejo;
Que 1a Ley 69 de 1936 autoriza al Gobierno para establecer en Mompós, haciendo usa preferente de los fondos del auxilio, un instituto de enseñanza agrícola, y;
Que la Municipalidad mencionada considera más práctico el funcionamiento de una granja experimental agrícola-pecuaría para la enseñanza de estas materias;
Artículo 1Destínase La Suma De Cincuenta Mil Pesos $ 50,000), Apropiada En El Presupuesto Vigente Para E1 Pago Del Segundo Contado Del Auxilio Decretado A Favor Del Municipio De Mompós Con Motivo Del Cuarto Centenario De Su Fundación, A Las Siguientes Obras: Para Atender A La Terminación De Las Plantas De Energía Y De Hielo
Articulo 1°. Destínase la suma de cincuenta mil pesos $ 50,000), apropiada en el Presupuesto vigente para e1 pago del segundo contado del auxilio decretado a favor del Municipio de Mompós con motivo del cuarto centenario de su fundación, a las siguientes obras: Para atender a la terminación de las plantas de energía y de hielo. $ 20.000 Para la instalación de una granja agrícola y pecuaria 30,000 Suma 50.000
Artículo 2Queda En Estos Términos Adicionado Y Reformado El Artículo 3° Del Decreto 1658 De 1937, Afecta La Vigencia De: [ Mostrar ] Adiciona Y Reforma Artículo 3 Decreto 1658 De 1937 Comuníquese Y Publíquese Dado En Bogotá A 13 De Abril De 1938
°. Queda en estos términos adicionado y reformado el artículo 3° del Decreto 1658 de 1937,