Micelio

decreto 2381 de 1973

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Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas E Ingresos Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1973 En La Cantidad De Diez Y Nueve Millones Trescientos Trece Mil Seiscientos Treinta Y Seis Pesos ($ 19

° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1973 en la cantidad de diez y nueve millones trescientos trece mil seiscientos treinta y seis pesos ($ 19.313.636.00) moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 33 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente, numeral : PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS Capitulo XI c) Otros Recursos Numeral 100-B. Mayor producto de las rentas. globalmente consideradas (Artículo 103 del Decreto -ley número 294 de 1973 $ 19.313.636 Suma el recurso $ 19.313.636

Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Sí Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1973 Presupuesto De Funcionamiento Capítulo 115 Ministerio De Relaciones Exteriores Programa 122 Servicio Diplomático En El Exterior Servicios Personales 01 112 103 Articulo 1162

° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales SÍ Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973 PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Capítulo 115 Ministerio de Relaciones Exteriores Programa 122 Servicio Diplomático en el Exterior Servicios Personales 01 112 103 Articulo 1162. Sueldos del personal de nómina $ 6.505.282 02 112 121 articulo 1165. Prima Diplomática 2.269.413 Programa 123 Servicio Consular en el Exterior Servicios Personales 01 112 103 articulo 1173 Sueldos de personal de nomina 4.176.387 02 112 121 articulo 1176 Prima Consular 1.500.000 Programa 125 Dirección y Coordinación Transferencias 06 112 440. articulo 1212 Cuota para el Pacto Andino 862.554 Capítulo 650 Ministerio de Desarrollo Económico 653 Planeación y Fomento de los Departamentos y Municipios Inversión Indirecta 05 442.Articulo 6588 B Planeación y fomento del Departamento del Choco según distribución por decreto 4.000.000 Suman los créditos adicionales $ 19.313.636

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Comuníquese Y Publíquese

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público