Micelio

decreto 1155 de 1954

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Artículo 1

Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:

Artículo 2295Para El Puente "choapal", En La Carretera Cáqueza-Villavicencio $ 334

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 120 Puentes - Construcción. C1bII(a). Del artículo 2295. Para el puente "Choapal", en la carretera Cáqueza-Villavicencio $ 334.662.00 Suman los contracréditos $ 334.662.00 MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 120 Puentes - Reparación y Reconstrucción. C1bII(b). Al artículo 2288-A. Para el puente Mariano Ospina Pérez (pintura), sobre el rio Magdalena, en la carretera Ibagué-Girardot $ 25.000.00 C1bII(b). Al artículo 2288-B. Para el puente de La Yaguilca, sobre la quebrada de La Yaguilca, en la carretera Garzón-Agrado 30.000.00 C1bII(b). Al artículo 2288-C. Para el puente Guamal sobre el río Guamal, en la carretera Villavicencio-San Martín 30.000.00 C1bII(b). Al artículo 2288-D. Para el puente Sabandija, sobre el río Sabandija, en la carretera Venadillo-Armero y pontón Torrijos 20.000.00 Construcción. C1BII(a). Al artículo 2314-A. Para el puente Guaduas sobre la quebrada Guaduas, en la carretera Espinal-Guamo 20.000.00 C1bII(a). Al artículo-2314-B. Para el puente Totare, sobre el río Totare, en la carretera Ibagué- Honda 20.000.00 C1bII(a). Al artículo 2314-C. Para el paso del Ferrocarril en Armenia, en la calle que comunica al Seminario con la Avenida Bolívar 14.662.00 C1bII(a). Al artículo 2314-D. Para el puente sobre el río Pienta, en la carretera Duitama- Charalá 6.500.00 C1bII(a). Al artículo 2314-E. para el puente Molino sobre el río Molino en Popayán 18.000.00 C1bII(a). Al artículo 2314-F. Para el puente La Porciosa, sobre el caño La Porciosa, en la carretera Cuestecita-Carraipía 35.000.00 C1bII(a). Al artículo 2314-G. Para el puente Panquebano sobre el río Cocuy, en la carretera El Espino-Panqueba 15.500.00 C1bII(a). Al artículo 2314-H. Para el puente Morrocoy, sobre el río Nevado, en la carretera Capitanejo-Cocuy 40.000.00 C1bII(a). Al artículo 2314-I. Para el puente Somondoco, sobre el río Súnuba, en la carretera Sálitre-Somondoco 40.000.00 C1bII(a). Al artículo 2314-J. Para el puente Almeida sobre el río Garagoa, en la carretera Las Juntas-Almeida 20.000.00 Suman los créditos $ 334.662.00

Artículo 2

Artículo segundo. Quedan suspendidas todas las disposiciones contrarias al presente Decreto, el cual rige desde su fecha. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas