Micelio

decreto 1645 de 1928

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo único. Concedase franquicia postal al Jefe del grupo de colonización de las regiones del Amazonas Caquetá y Putumayo dependiente del Ministerio de Industrias, única y exclusivamente para la correspondencia que dirija dentro del territorio de la República, relacionada con las funciones de su cargo. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Correos de Telégrafos