Micelio

decreto 2663 de 1998

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992

Artículo 1Suprímese En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De España, El Cargo De Consejero, Grado Ocupacional 4 Ex, Con Una Asignación Básica Mensual De Ocho Mil Seiscientos Marcos Alemanes Con 00/100 (Dem $8

°. Suprímese en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de España, el cargo de Consejero, Grado Ocupacional 4 EX, con una asignación básica mensual de ocho mil seiscientos marcos alemanes con 00/100 (DEM $8.600.00), actualmente ocupado por Miguel Mariano Torralvo Steer.

Artículo 2Suprímese En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De España, El Cargo De Consejero, Grado Ocupacional 4 Ex, Con Una Asignación Básica Mensual De Ocho Mil Seiscientos Marcos Alemanes Con 00/100 (Dem $8

°. Suprímese en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de España, el cargo de Consejero, Grado Ocupacional 4 EX, con una asignación básica mensual de ocho mil seiscientos marcos alemanes con 00/100 (DEM $8.600.00), actualmente ocupado por Alberto Samuel Yohai Guterman.

Artículo 3Créase En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De España, Un Cargo De Ministro Consejero, Grado Ocupacional 5 Ex, Con Una Asignación Básica Mensual De Nueve Mil Cuarenta Marcos Alemanes Con 00/100 (Dem $9

°. Créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de España, un cargo de Ministro Consejero, Grado Ocupacional 5 EX, con una asignación básica mensual de nueve mil cuarenta marcos alemanes con 00/100 (DEM $9.040.00).

Artículo 4Créase En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De España, Un Cargo De Primer Secretario, Grado Ocupacional 3 Ex, Con Una Asignación Básica Mensual De Siete Mil Doscientos Setenta Marcos Alemanes Con 00/100 (Dem $7

°. Créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de España, un cargo de Primer Secretario, Grado Ocupacional 3 EX, con una asignación básica mensual de siete mil doscientos setenta marcos alemanes con 00/100 (DEM $7.270.00).

Artículo 5Créase En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Los Estados Unidos De América, Un Cargo De Auxiliar Administrativo, Grado Ocupacional 4 Pa (Local), Con Una Asignación Básica Mensual De Novecientos Dólares Con 00/100 (Us$900

°. Créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de los Estados Unidos de América, un cargo de Auxiliar Administrativo, Grado Ocupacional 4 PA (Local), con una asignación básica mensual de novecientos dólares con 00/100 (US$900.00).

Artículo 6Reclasifícase En La Embajada De Colombia Ante La Unión Europea, El Reino De Bélgica Y El Gran Ducado De Luxemburgo, El Cargo De Auxiliar Administrativo, Grado Ocupacional 2 Pa (Local), Con Una Asignación Básica Mensual De Mil Cuatrocientos Cincuenta Marcos Alemanes Con 00/100 (Dem $1

°. Reclasifícase en la Embajada de Colombia ante la Unión Europea, el Reino de Bélgica y el Gran Ducado de Luxemburgo, el cargo de Auxiliar Administrativo, Grado Ocupacional 2 PA (Local), con una asignación básica mensual de mil cuatrocientos cincuenta marcos alemanes con 00/100 (DEM $1.450.00), como Auxiliar Administrativo, Grado Ocupacional 3 PA (Local) con una asignación básica mensual de mil ochocientos ochenta marcos alemanes con 00/100 (DEM $1.880.00), actualmente ocupado por Adrien Antoine. Adrien Antoine ocupará el cargo de Auxiliar Administrativo 3 PA (Local), en la Embajada de Colombia ante la Unión Europea, el Reino de Bélgica y el Gran Ducado de Luxemburgo.

Artículo 7Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto Se Pagarán Con Cargo A Los Presupuestos, Ministerio De Relaciones Exteriores Y Del Fondo Rotatorio Del Ministerio De Relaciones Exteriores

°. Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente decreto se pagarán con cargo a los presupuestos, Ministerio de Relaciones Exteriores y del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 8El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 30 de diciembre de 1998. ANDRES PASTRANA ARANGO La Viceministra de Relaciones Exteriores Encargada de las Funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores, María Fernanda Campo Saavedra. El Viceministro de Hacienda y Crédito Público Encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Mario Laserna.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del Decreto-ley 10 de 1992
La Viceministra de Relaciones Exteriores Encargada de las Funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público Encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público