Artículo 1Hácense Los Siguientes Contracréditos Presupuestos De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1973 Presupuesto De Funcionamiento Capítulo 271 Ministerio De Minas Y Petróleos Programa 291 Dirección Y Administración Superior Servicios Personales
° Hácense los siguientes contracréditos Presupuestos de Gastos para la vigencia fiscal de 1973 PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Capítulo 271 Ministerio de Minas y Petróleos Programa 291 Dirección y Administración Superior Servicios Personales. 101 111.109. Artículo 2903 Remuneración de servicios técnicos $ 90.000 102 111 120. Artículo 2907 Prima técnica 205.155 102 111 129. Artículo 2909 Subsidio familiar 205.000 Programa 293 Fomento de la Minería Subprograma
Servicios Técnicos Servicios Personales 102 231 120. Artículo 2942 Prima técnica 40.144 Subprograma
Fiscalización y vigilancia de minas Servicios Personales 102 232 120. Artículo 2951 Prima técnica 27.402 Subprograma
Administración Regional Servicios Personales 102 232 120. Artículo 2960 Prima técnica 190.000 Programa 294 Asuntos Legales Servicios Personales 102 231 120. Artículo 2970 Prima técnica 100.000 PRESUPUESTO DE INVERSION Capítulo 670 Ministerio de Minas y Petróleos Programa 670 Creación Bibliotecas y Compra de equipos Inversión directa Recursos Ordinarios 505 231. Artículo 6700 Dotación de las Bibliotecas del Ministerio $ 60.000 Programa 672 Estudios de Minas y Asistencia Técnica. Inversión Directa Recursos Ordinarios 420 232. Artículo 6704 Evaluaciones de reservas de petróleo y gas 100.000 420 232. Artículo 6710 Asistencia técnica minera Bogotá 70.000 Programa 673 Propuesta Contratos y Fiscalización Inversión Directa Recursos Ordinarios 420 232. Artículo 6715 Control de propuestas y contratos 100.000 420 232. Artículo 6716 Fiscalización y vigilancia de las minas 155.000 420 232. Artículo 6717 Seguridad y control comercio de combustibles 200.000 suman los contracréditos $ 1.542.701
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1973: Presupuesto De Funcionamiento Capítulo 271 Ministerio De Minas Y Petróleos Programa 291 Dirección Y Administración Superior Gastos Generales 105 111 201
° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Capítulo 271 Ministerio de Minas y Petróleos Programa 291 Dirección y Administración Superior Gastos Generales 105 111 201. Artículo 2910 Mantenimiento y Aseguros $ 165.500 106 111 207. Artículo 2913 Servicios de comunicaciones 30.000 106 111 209. Artículo 2914 Servicios públicos 113.442 106 111 213. Artículo 2916 Impresos y publicaciones 100.000 Programa 292 Fomento de la Industria del Petróleo Subprograma
Servicios Técnicos. Servicios Personales: 102 241 120. Artículo 2922 Prima técnica 53923 Gastos Generales 106 241 207. Artículo 2926 Servicios de comunicaciones 3.000 106 241 209. Artículo 2927 Servicios públicos 4.000 Subprograma
Fiscalización y vigilancia de petróleos Servicios Personales 102 242 120. Artículo 2932 Prima técnica 16.400 Gastos generales 105 242 120. Artículo 2933 Mantenimiento y aseguros 6.000 106 242 207. Artículo 2936 Servicios de comunicaciones 5.000 106 242 209. Artículo 2937 Servicios públicos 3.000 Programa 293 Fomento de la Minería Subprograma 1. Servicios Técnicos Gastos Generales 105 231 201. Artículo 2943 Mantenimiento y aseguros 20.000 106 231 209. Artículo 2947 Servicios públicos 6.400 Subprograma 2 Fiscalización y Vigilancia de Minas Gastos Generales 105 232 201. Artículo 2952 Mantenimiento y aseguros 9.000 106 232 207. Artículo 2954 Servicios de comunicaciones 2.000 106 232 209. Artículo 2955 Servicios públicos 3.328 Programa 294 Asuntos Legales Gastos Generales 105 231 201. Artículo 2971 Mantenimiento y aseguros 6.000 106 231 207. Artículo 2974 Servicios de comunicaciones 4.000 106 231 209. Artículo 2975 Servicios públicos 4.000 Programa 295 Pago de Vigencias Expiradas (Recursos Ordinarios) Artículo 2978-A. Para el pago de deudas de vigencias expiradas por concepto de servicios personales, mediante resoluciones de reconocimiento que aprobará la Dirección General del Presupuesto 20.305 Artículo 2979-A. Para el pago de deudas de vigencias expiradas por concepto de gastos generales, mediante resoluciones de reconocimiento que aprobará la Dirección General del Presupuesto 72.403 PRESUPUESTO DE INVERSION Capítulo 670 Ministerio de Minas y Petróleos Programa 671 Estudios Económicos Mineros. Inversión Directa Recursos Ordinarios 420 231. Artículo 6702.Estudios económicos mineros 65.000 Programa 672 Estudio de Minas y Asistencia Técnica Inversión Directa Recursos Ordinarios 420.232. Artículo 6707 Laboratorio y plantas, zona de Medellín 90.000 420.232. Artículo 6708. Laboratorio y plantas, zona de Pasto. 90.000 420.232. Artículo 6709. Asistencia técnica pequeña minería, zona de Quibdó. 90.000 420.232. Artículo 6712. Indemnizaciones y participaciones 170.000 420 232. Artículo 6714. Asistencia técnica pequeña minería, Ibagué 180.000 suman los créditos $ 1.542.701
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.