El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus atribuciones legales
Artículo 1
Artículo primero. Anéxanse a la Zona de Carreteras Nacionales de Tunja, para su conservación, las siguientes carreteras cuya construcción ha quedado suspendida por falta de partida en el Presupuesto: Uvita-San Mateo-Cocuy; Soatá-Onzaga; Espino- Chiscas y Piedrasgordas-Briceño.
Artículo 2
Artículo segundo. La conservación del sector de carretera comprendido entre Belén y La Palmera, que estaba a cargo de la Zona de Carreteras de Pamplona, pasará a la Zona de barreteras de Tunja. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas