Micelio

decreto 851 de 1940

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El Presidente de la República

En uso de sus facultades legales, v CONSIDERANDO: 1° Que el día 6 de mayo venidero habrá de celebrarse el centenario de la muerte del" General Francisco de Paula Santander varón eximio, que después de contribuir a crear a Colombia en los campos de batalla, como gobernante supo iniciarla luego en la vida republicana, dictando los primeros estatutos de la cultura nacional. 2°Que, como iniciador y propulsor de esa cultura, es natural que se consagren a su memoria algunas de las obras materiales que sirven para difundirla

Considerando · 1 motivo

Que el día 6 de mayo venidero habrá de celebrarse el centenario de la muerte del" General Francisco de Paula Santander varón eximio, que después de contribuir a crear a Colombia en los campos de batalla, como gobernante supo iniciarla luego en la vida republicana, dictando los primeros estatutos de la cultura nacional. 2°Que, como iniciador y propulsor de esa cultura, es natural que se consagren a su memoria algunas de las obras materiales que sirven para difundirla;

Artículo 1Fijase El Día 6 De Mayo Próximo Entrante Para Inaugurar Oficialmente, Y Para Consagrar A La Memoria Del General Francisco De Paula Santander, En Placa Especial Que Será Colocada, En Cada Uno De Los Edificios, Los Siguientes Planteles Educativas: Escuela Normal Regular De Varones, Que Funciona En Pamplona

° Fijase el día 6 de mayo próximo entrante para inaugurar oficialmente, y para consagrar a la memoria del General Francisco de Paula Santander, en placa especial que será colocada, en cada uno de los edificios, los siguientes planteles educativas: Escuela Normal Regular de Varones, que funciona en Pamplona. Escuela Normal Regular de Varones, que funciona en Pasto. Escuela Normal Regular de Varones, que funciona en Barranquilla. Escuela Normal Rural de Señoritas que funciona en Málaga. Colegio- Nacional de Varones, que funciona en Chiquinquirá Colegio Nacional de Varones, que funciona en Honda. Colegio Académico, que funciona en Cartago, Colonia de Vacaciones, que funciona en El Carmen del Choco.

Artículo 2El Ministerio De Educación Nacional, En Colaboración Con Los Gobiernos De Las Respectivas Secciones, Dictará Las Medidas Conducentes Al Cumplimiento De Este Decreto

° El Ministerio de Educación Nacional, en colaboración con los Gobiernos de las respectivas secciones, dictará las medidas conducentes al cumplimiento de este Decreto. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional