Micelio

decreto 2380 de 1943

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en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que la ley 68 de 1942 creo tres plazas de magistrados para el tribunal superior de Medellin y dos juzgados superiores más para dicho distrito judicial, con el personal subalterno correspondiente

Considerando · 3 motivos

Que la ley 68 de 1942 creo tres plazas de magistrados para el tribunal superior de Medellin y dos juzgados superiores más para dicho distrito judicial, con el personal subalterno correspondiente; que en el artículo 3º. de la ley citada, al crear las fiscalías para esos juzgados superiores, omitió crear los cargos de escribientes para las mismas;

Que el artículo 3º. del decreto 1714 de 1936 establece que cada fiscal de juzgado superior tendra como auxiliar un escribiente;

Que el artículo 3º del decreto 1714 de 1936 fija en $ 80 la asignacion mensual de los escribientes de las fiscalías de los juzgados superiores de Medellin.

Artículo 1Las Fiscalías De Los Juzgados 4o

º Las Fiscalías de los juzgados 4o. y 5o. superiores del distrito judicial de Medellin, tendrán, cada una, un escribiente, con asignacion mensual de ochenta pesos ($ 80) .

Artículo 2Este Decreto Regirá Desde La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial

º Este decreto regirá desde la fecha de su publicación en el diario oficial. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Hacienda y Crédito Público