en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los literales m) y n) del artículo 54 y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que mediante el artículo 25 de la Ley 1341 del 30 de julio de 2009 se creó la Agencia Nacional del Espectro (ANE), como una Unidad Administrativa Especial del orden nacional, sin personería jurídica, con autonomía técnica, administrativa y financiera, adscrita al Ministerio de Tecn
Considerando · 4 motivos
Que mediante el artículo 25 de la Ley 1341 del 30 de julio de 2009 se creó la Agencia Nacional del Espectro (ANE), como una Unidad Administrativa Especial del orden nacional, sin personería jurídica, con autonomía técnica, administrativa y financiera, adscrita al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones;
Que la Agencia Nacional del Espectro presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico para efectos de establecer su planta de personal, obteniendo el concepto técnico favorable de ese Departamento;
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó el correspondiente certificado de viabilidad presupuestal;
Que el Consejo Directivo de la Agencia Nacional del Espectro, en sesión del 20 de noviembre de 2009, decidió someter, a aprobación del Gobierno Nacional, la adopción de su planta de personal, según consta en el Acta número;
Artículo 1Planta De Personal
°. Planta de personal. Las funciones propias de la Agencia Nacional del Espectro (ANE) serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación: Número de Cargos Denominación del Empleo Código Grado DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL 1 (Uno) Director General de Unidad Administrativa Especial 0015 4 (Cuatro) Asesor 1020 18 3 (Tres) Asesor 1020 15 1 (Uno) Asesor 1020 12 4 (Cuatro) Profesional Especializado 2028 24 1 (Uno) Profesional Universitario 2044 11 1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 14 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 22 PLANTA GLOBAL 3 (Tres) Subdirector General de Unidad Administrativa Especial 0040 24 2 (Dos) Profesional Especializado 2028 24 1 (Uno) Profesional Especializado 2028 22 4 (Cuatro) Profesional Especializado 2028 20 7 (Siete) Profesional Especializado 2028 18 3 (Tres) Profesional Especializado 2028 15 8 (Ocho) Profesional Universitario 2044 11 3 (Tres) Profesional Universitario 2044 09 2 (Dos) Técnico Administrativo 3124 13 3 (Tres) Técnico Administrativo 3124 11 3 (Tres) Secretario Ejecutivo 4210 16
Artículo 2Transitorio
°. Transitorio. Los certificados de disponibilidad presupuestal para la vinculación inicial del Director General y Subdirector de Soporte Institucional de la Agencia Nacional del Espectro, ANE, serán expedidos por el Jefe de Presupuesto o quien haga sus veces del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con cargo al presupuesto de funcionamiento de la ANE.
Artículo 3Distribución De Los Cargos
°. Distribución de los cargos. El Director General de la ANE distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 1° del presente Decreto, mediante acto administrativo, y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.
Artículo 4Vigencia
°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.