DecretoVigente
Decreto 88 de 2022
Por el cual se adiciona el Título 20 a la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Decreto 1078 de 2015, para reglamentar los artículos 3, 5 Y 6 de la Ley 2052 de 2020, estableciendo los conceptos, lineamientos, plazos y condiciones para la digitalización y automatización de trámites y su realización en línea
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Adiciónese El Título 20 A La Parte 2 Del Libro 2 Del Decreto Único Reglamentario Del Sector De Tecnologías De La Información Y Las Comunicaciones, Decreto 1078 De 2015 El Cual Quedará Así: Título 20 Conceptos, Lineamientos, Plazos Y Condiciones Técnicas Transversales Para La Digitalización Y Automatización De Trámites Y Su Realización En Línea Artículo 22Vigencia
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Ivan Duque MarquezEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 3, 5 y 6 de la Ley 2052 de 2020
- José Manuel Restrpo AbondanoEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Carmen Ligia Valderrama RojasLa Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
- Angelica María Mayolo ObregónLa Ministra de Cultura
- Nerio José Alvis BarrancoEl Director del Departamento Administrativo de la Función Pública