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decreto 1809 de 1970

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO : Que por medio del numeral 3° del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, se facultó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados dentro de las apropiaciones para gastos de funcionamiento, e inversión en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1970, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito

Considerando · 4 motivos

Que por medio del numeral 3° del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, se facultó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados dentro de las apropiaciones para gastos de funcionamiento, e inversión en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1970, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;

Que el Ministerio de Educación Nacional, por medio de la Resolución número 4001 de 1970, declaró sobrantes los saldos de unas apropiaciones de su presupuesto de gastos de la vigencia fiscal en curso, con el objeto de que sean trasladados para incrementar otras apropiaciones de su mismo presupuesto que resultaron insuficientes, por un valor total de $ 2.563.261.00;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 40 de 1970, por un valor igual al que se trata de transferir, y;

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;

Artículo 2817Mejoramiento De La Supervisión Educativa De Los Departamentos, $500

Artículo l°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970: Presupuesto de Funcionamiento Contracréditos CAPITULO 280 MINISTERIO DE EDUCACION NUCIONAL Programa 311 Dirección, coordinación e inspección de la Educación Subprograma 2. Proyectos técnicos y docentes especializados Transferencias 203, 3l1 , 411. Artículo 2817. Mejoramiento de la Supervisión Educativa de los Departamentos, $500.000 203, 311, 411. Artículo 2824. Aporte a la Asociación Colombiana de Municipalidades para gastos de funcionamiento y desarrollo de Educación Municipalista 150.000 Subprogarma 3. Transferencias a Organismos Internacionales. Transferencias 206, 112, 440. Artículo 2834. Cuota de Colombia a la OEA 501.261 Subprograma 5. Planeamiento Educativo, Transferencias 206, 111 , 440. Artículo 2858. Aporte a la Misión de Planeamiento Integral de la Unesca (AIDBIRF) 200.000 Programa 312 Dirección General de Administración Educativa Servicios personales 102, 111, 120. Artículo 2861. Prima Técnica 18.000 Programa 313 Administración del personal Gastos generales 106, 111, 207. Artículo 2878. Servicios de comunicaciones 200.000 Programa 314 Servicios generales Gastos generales 105, 111, 203. Artículo 2887. Compra de equipo 200.000 Programa 319 Dirección de Servicios Educativos. Servicios personales 102, 311, 120. Artículo 3083. Prima Técnica 18.000 Programa 320 Bienestar Educativo Subprograma

1.

Dirección y Control. Gastos generales 106, 311, 211. Artículo 3098. Materiales y suministros 240.000 Programa 321 Radio y Televisión Educativas Servicios personales 102, 317, 120. Artículo 3138. Prima Técnica 18.000 Subprograma

2.

Educación Fundamental. Gastos generales 106, 317, 211. Artículo 3153. Materiales y suministros 400.000 Ordinal 35. Oficina Directiva Bogotá 400.000 Programa 324 Educación Especial Servicios personales 102, 319, 120. Artículo 3170. Prima Técnica 18.000 Suman los contracréditos $2.563.261 Créditos: Presupuesto de Funcionamiento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPITULO 280 Ministerio de Educación Nacional Programa 316 Educación Elemental - Subprograma 2. Educación Primaria General, Magisterio de Primaria, Restaurantes y Territorios Escolares. Transferencias 203, 312, 412. Artículo 2917. Aporte a los Departamentos para sueldos del Magisterio $ 54.000 Ordinal 26. San Andrés y Providencia $ 54.000 Programa 317 Educación Media Subprograma 1. Establecimientos de Bachillerato. Servicios personales 101, 313, 103. Artículo 2959. Sueldos del personal de nómina $ 347.768 Colegios de Bachillerato Ordinal 28. Colegio "Emilio Cifuentes", de Facatativá $ 147.238 Ordinal 29. Liceo Nacional Femenino, de Zipaquirá 63.108 Ordinal 48. Colegio "Custodio García Revira", de Málaga 17.288 Ordinal 50. Colegio "José María Ocampo", de Armenia 86.000 Ordinal 61. Colegio "San Isidoro", del Espinal 34.134 102, 313, 117. Artículo 2960. Prima de Navidad, $ 28.983 Colegios de Bachillerato Ordinal 28. Colegio "Emilio Cifuentes", de Facatativá $ 12.270 Ordinal 29. Liceo Nacional Femenino, de Zipaquirá 5.260 Ordinal 48. Colegio "Custodio García Rovira", de Málaga 1.441 Ordinal 50. Colegio "José María Ocampo", de Armenia 7.167 Ordinal 61. Colegio "San Isidoro", del Espinal 34.134 Ordinal 61. Colegio "San Isidoro", del Espinal 2.845 Transferencias 201, 332, 402. Artículo 2969. Fondo Nacional de Ahorro $ 31.398 Colegios de Bachillerato Ordinal 28. Colegió "Emilio Cifuentes", de Facatativá $ 13.293 Ordinal 29. Liceo Nacional Femenino, de Zipaquirá 5.698 Ordinal 48. Colegio "Custodio García Rovira", de Málaga 1.561 Ordinal 50. Colegio "José María Oampo", de Armenia 7.764 Ordinal 61. Colegió "San Isidoro" del Espinal 3.082 Servicios personales 101, 313, 103. Artículo 2981. Sueldos del personal de nómina $16.170 Institutos Técnicos de Comercio Ordinal 2. Instituto Técnico Nacional de Comercio, Bucaramanga $11.948 Ordinal 4. Instituto Técnico Nacional de Comercio, "Virginia Gómez", Ciénaga 4.222 102, 313, 117. Artículo 2982. Prima de Navidad, 1.000 Institutos Técnicos de Comercio Ordinal 2. Instituto Técnico Nacional de Comercio, de Bucaramanga $1.000 Ordinal 4. Instituto Técnico Nacional de Comercio, "Virginia Gómez", Ciénaga 4.222 102, 313, 117. Artículo 2982. Prima de Navidad, 1.000 Transferencias 201, 332,. 402. Artículo 2991. Pondo Nacional de Ahorro $ 1.079 Institutos Técnicos de Comercio Ordinal 2. Instituto Técnico Nacional de Comercio, de Bucaramanga $ 1.079 Subprograma 4. Establecimientos .de Educación Industrial. Servicios personales 101. 313, 103. Artículo 2992. Sueldos del personal de nómina $ 314.818 Institutos y Escuelas Industriales Ordinal 22, Escuela Industrial, Istmina, $ 34.926 Ordinal 24. Escuela Industrial, Santa Marta 87.816 Ordinal 27. Escuela. Industrial, Ocaña 71.816 Ordinal 31. Escuela Industrial, San Gil 43.680 Ordinal 32. Escuela Industrial, Guamo 23.000 Ordinal 33. Escuela Industrial, Espinal 54.000 102, 313, 117. Artículo 2994. Prima de Navidad, 26.236 Institutos y Escuelas Industriales Ordinal 22. Escuela Industrial, Istmina, $ 2.911 Ordinal 24. Escuela Industrial, Santa Marta 7.283 Ordinal 27..Escuela Industrial, Ocaña 5.985 Ordinal 31. Escuela Industrial, San Gil. 3.640 Ordinal 32. Escuela Industrial, Guamo 1.917 Ordinal 33. Escuela Industrial, Espinal 4.500 Gastos generales 105, 313, 201. Artículo 2997. Mantenimiento y aseguros, 15.000 Institutos y Escuelas Industriales Ordinal 21. Escuela Industrial, Facatativa 15.000 105, 313, 203. Artículo 2998. Compra de equipo, $ 40.000 Institutos y Escuelas Industriales Ordinal 16. Escuela Industrial, El Carmen de, Bolívar $ 40.000 Transferencias .201. 332, 402. Articulo 3005. Pondo Nacional de Ahorro $ 28.423 Institutos y Escuelas Industriales Ordinal 22. Escuela Industria, Istmina, $ 3.154 Ordinal 24. Escuela Industrial, Santa Marta 7.890 Ordinal 27. Escuela Industrial, Ocaña 6.484 Ordinal 31. Escuela Industrial, San Gil 3.944 Ordinal 32. Escuela Industrial, Guamo 2.076 Ordina 33. Escuela Industrial del Espinal 4.875 Subprograma 5. Establecimientos de Educación Agropecuaria. Servicios personales 101, 313, 103. Artículo 3089, Sueldos del personal de nómina $ 62.536 Escuelas Vocacionales Ordinal 12. Pacho, Cundinamarca $ 24.000 Ordinal 19. Guamal, Magdalena 38.536 102, 313, 117. Artículo 3011. Prima de Navidad $ 5.212 Escuelas Vocacionales Ordinal 12. Pacho, Cundinamarca $ 2.000 Ordinal 19. Guamal, Magdalena 3.212 Transferencias 201. 332, 402. Artículo 3020. Fondo Nacional de Ahorro $ 5.646 Escuelas Vocacionales Ordinal 12. Pacho, Cundinamarca $ 2.167 Ordinal 19. Guamal, Magdalena 3.479 Subprograma 6. Institutos Politécnicos Enseñan Servicios personales 101, 313, 103. Artículo 3023. Sueldos del personal de nómina $ 80.512 Institutos Politécnicos Ordinal 1. Bogotá 32.512 Ordinal 2. Cultura Popular, Bogotá 48.000 102, 313, 117. Artículo 3024. Prima de Navidad, 6.710 Institutos Politécnicos Ordinal 1. Bogotá 2.710 Ordinal 2. Cultura Popular, Bogotá 4.000 Transferencias 201, 332, 402. Artículo 3035. Fondo Nacional de Ahorro 7.269 Institutos Politécnicos Ordinal 1. Bogotá 2.935 Ordinal 2. Cultura Popular, Bogotá 4.334 Servicios personales 101, 313, 103. Artículo 3037. Sueldos del personal de nómina. 260.444 Escuelas Normales: Ordinal 26. Normal de Señoritas, Sahagún 74.244 Ordinal 52. Normal de Varones, Pamplona. 139.200 Ordinal 54. Normal de Señoritas, Bucaramanga 30.000 Ordinal 56. Normal de Señoritas, Málaga 5.000 Ordinal 64. Normal de Señoritas, Roldanillo 12.000 102, 313,. 117. Artículo 3039. Prima de Navidad, 20.287 Escuelas Normales Ordinal 4. Normal. de Varones, Barranquilla 2.100 Ordinal 14. Normal de Varones, Manizales 1.983 Ordinal 54. Normal dé Señoritas, Bucaramanga 1.800 Ordinal 60. Normal de Varones, Ibagué 1.445 Transferencias 201, 332, 402. Artículo 3049. Fondo Nacional de Ahorro 22.976 Escuelas Normales: Ordinal 26. Normal de Señoritas, Sahagún 6.702 Ordinal 52. Normal de Varones, Pamplona. 12.566 Ordinal 54. Normal de Señoritas, Bucaramanga 2.708 Ordinal 64. Normal de Señoritas, Roldanillo 1.000 Subprograma 9, Instituto Electrónico de Idiomas. Servicios personales 101, 313, 103. Artículo 3052. Sueldos del personal de nómina 74.425 Programa 320 Bienestar Educativo Subprograma 1. Dirección y Control. Gastos generales 106, 311, 213. Artículo 3099. Impresos y publicaciones 240.000 Programa 323 Educación de Adultos Subprograma 1. Dirección y Control. Gastos generales. 105, 317, 213. Artículo 3144. Impresos y publicaciones 400.000 Programa 326 Aportes a los Establecimientos Públicos, del Sector Educativo Subprograma 2. Instituto Colombiano para el fomento de la Educación Superior, 204, 314, 414. Artículo 3190. Aporte al Instituto Colombiano para el fomento de la Educación Superior, Para, entregar a la Universidad de Antioquia para pago de Médicos residentes 357.041 204, 314, 414. Artículo 3216. Aporte a. la Universidad de Cartagena 108.000 Suman los créditos $2.563.261

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

°. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público