Micelio

decreto 850 de 1997

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades legales, y en especial las que le confiere el Decreto 165 de 1997

Artículo 1Derogase En Todas Sus Partes El Decreto 474 Del 26 De Febrero De 1997

°. Derogase en todas sus partes el Decreto 474 del 26 de febrero de 1997.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales, y en especial las que le confiere el Decreto 165 de 1997, y
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República