Micelio

decreto 91 de 1900

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Artículo 1Del Decreto Número 558, De 18 De Noviembre Último, Sobre Administración De La Conservación De Líneas Telegráficas, Así: "art

Art. 1°. Modificase el artículo 2° del Decreto número 558, de 18 de Noviembre último, sobre administración de la conservación de líneas telegráficas, así: "Art.2°. La reconstrucción y conservación de dichas líneas estará directamente a cargo de la Dirección general de Correos y Telégrafos."

Artículo 2Del Expresado Decreto Número 558, En El Sentido De Que Los Fondos Que Tal Servicio Demande Serán Administrados Por El Administrador General De Correos, Quien Los Percibirá Por Anticipación De La Tesorería General De La República

Art. 2°. Modificase igualmente el artículo 3° del expresado Decreto número 558, En el sentido de que los fondos que tal servicio demande serán administrados por el Administrador general de Correos, quien los percibirá por anticipación de la Tesorería General de la República.

Artículo 3Del Decreto Número 771 De 7 De Junio Del Corriente Año, "por El Cual Se Dispone La Manera Como Deben Formarse Y Rendirse Las Cuentas De La Administración De Las Líneas Telegráficas"

Art. 3°. El administrador general de Correos incluirá la cuenta de la administración de los fondos destinados a la reconstrucción y conservación de las líneas, entre las que debe rendir dicho empleado a la Corte general de Cuentas; quedando en estos términos reformado también el artículo 2° del Decreto número 771 de 7 de Junio del corriente año, "por el cual se dispone la manera como deben formarse y rendirse las cuentas de la Administración de las líneas telegráficas".

Artículo 4

Art. 4°. El Ministerio de Gobierno dispondrá la manera como deba atenderse en adelante a la conservación de las líneas telegráficas.

Artículo 5

Art. 5°. El presente Decreto surtirá sus efectos desde el primero de Octubre venidero. Comuní­quese y publí­quese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro De Gobierno, encargado del Despacho De Guerra
El Ministro De Relaciones Exteriores
El Ministro De Instrucción Pública, encargado del Despacho De Hacienda
El Ministro De Tesoro