Micelio

decreto 90 de 1904

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En uso de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo único. Concédese franquicia telegráfica al Sr. Presidente de la Sociedad de San Lázaro, por telegramas hasta de veinte palabras, para los asuntos relacionados con dicha Sociedad. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno