Micelio

decreto 689 de 1918

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades lesgales, y CONSIDERANDO: Que están al cristalizar las salinas del Torno y Galerazamba

Considerando · 4 motivos

Que están al cristalizar las salinas del Torno y Galerazamba;

Que la Ley 50 de 1917 ordena al Gobierno explotar las salinas nacionales, con excepción de las de La Goajira;

Que por causa de la penuria fiscal el Gobierno no dispone de los fondos necesarios para acometer directa e inmediatamente la explotación de dichas salinas;

Que el Consejo de Ministros ha declarado que es de urgencia evidente la explotación de las Salinas del Torno y Galerazamba;

Artículo 1Arutorízase Al Administrador General De Las Salinas Marítimas Para Que Proceda A Contratar La Explotación De La Salina De El Torno, Y Al Administrador Subalterno De La Salina Del Torno, Y Al Administrador Subalterno De Salinas De Cartagena Para Contratar La Explotación De La Salina De Galerazamba, Debiendo Formular Los Correspondientes Pliegos De Cargos De Acuerdo Con Las Respectivas Cámaras De Comercio Y Pudiendo Fijar Para La Licitación El Término Que Estimen Prudencial

º Arutorízase al Administrador General de las Salinas Marítimas para que proceda a contratar la explotación de la Salina de El Torno, y al Administrador Subalterno de la salina del Torno, y al Administrador Subalterno de salinas de Cartagena para contratar la explotación de la salina de Galerazamba, debiendo formular los correspondientes pliegos de cargos de acuerdo con las respectivas Cámaras de Comercio y pudiendo fijar para la licitación el término que estimen prudencial.

Artículo 2La Licitación Para La Explotación De La Salina Del Torno Se Verificará En Barranquilla, Y La Licitación Para La Explotación De La Salina De Galerazamba, En Cartagena

º La licitación para la explotación de la salina del Torno se verificará en Barranquilla, y la licitación para la explotación de la salina de Galerazamba, en Cartagena.

Artículo 3El Valor De Los Contratos De Explotación Que Se Celebren De Conformidad Con El Presente Decreto Se Cubrirá A Los Contratistas Tomándolo Del Producto De Las Primeras Ventas De La Sal Que Se Explote

º El valor de los contratos de explotación que se celebren de conformidad con el presente Decreto se cubrirá a los contratistas tomándolo del producto de las primeras ventas de la sal que se explote. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda