DecretoVigente
Decreto 3040 de 2007
por el cual se adopta una medida para garantizar la continuidad en la prestación de servicios de salud a la población residente en zonas de difícil acceso.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Cuando Se Trate De Garantizar La Continuidad De La Atención En Salud De La Población Residente En Zonas De Difícil Acceso, Y Hasta Tanto Los Servicios Asistenciales De Salud Que Se Vienen Prestando Sean Asumidos Por Las Empresas Sociales Del Estado, Ese, Conforme A Lo Establecido En Los Artículos 26 Y 31 De La Ley 1122 De 2007, Las Entidades Territoriales Podrán Continuar A Cargo De La Prestación De Estos Servicios, Previa Autorización Del Ministerio De La Protección Social2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 154 literales a) y c) de la Ley 100 de 1993 y 42 de la Ley 715 de 2001
- Diego Palacio BetancourtEl Ministro de la Protección Social