Artículo 1
Distribuyese la partida global de setenta mil pesos ($ 70.000) que aparece liquidada en el artículo 696, Capítulo 60 del Presupuesto Nacional vigente, en la forma que a continuación se anota, de conformidad con la Ley 108 de 1936.
Artículo 2
Las sumas asignadas en el artículo anterior serán entregadas al representante legal de la institución por conducto de la Tesorería de la respectiva Intendencia o Comisaría, y dichos representantes, además de las cuentas comprobadas que están obligados a rendir a la Contraloría General de la República, deberán cumplir estrictamente con todas las disposiciones legales sobre instituciones de utilidad común, y, caso de no hacerlo, el Ministerio de Higiene dictará las resoluciones de traslados, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley 84 de 1937.
Artículo 696, Capítulo 60 Del Presupuesto Nacional Vigente, En La Forma Que A Continuación Se Anota, De Conformidad Con La Ley 108 De 1936
Artículo primero. Distribuyese la partida global de setenta mil pesos ($ 70.000) que aparece liquidada en el artículo 696, Capítulo 60 del Presupuesto Nacional vigente, en la forma que a continuación se anota, de conformidad con la Ley 108 de 1936. Para el Hospital "Monfort" de Villavicencio $ 25.000 Para el Hospital "María Inmaculada", de Florencia. 25.000 Para el Hospital "General Santander", de San Andrés. 10.000 Para el Hospital y Sala de Maternidad de Mocoa 10.000 Total $ 70.000
Artículo 51De La Ley 84 De 1937
Artículo segundo. Las sumas asignadas en el artículo anterior serán entregadas al representante legal de la institución por conducto de la Tesorería de la respectiva Intendencia o Comisaría, y dichos representantes, además de las cuentas comprobadas que están obligados a rendir a la Contraloría General de la República, deberán cumplir estrictamente con todas las disposiciones legales sobre instituciones de utilidad común, y, caso de no hacerlo, el Ministerio de Higiene dictará las resoluciones de traslados, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley 84 de 1937. Comuníquese y publíquese.