Micelio

decreto 1152 de 1956

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Artículo 1

Artículo primero . Créase una Notaria más en el Circuito Notarial de Bogotá, que se denominará Notaria Novena, con jurisdicción en dicho Circuito y con asiento principal en el Barrio de Chapinero de dicha ciudad.

Artículo 2

Artículo segundo . Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas