Micelio

decreto 1473 de 1983

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Artículo 1A Partir Del 1º De Agosto De 1983, Suprímense, En El Servicio Exterior De La República, Los Siguientes Cargos: Un (1) Embajador Extraordinario Y Plenipotenciario, Grado Ocupacional 7 Ex De La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Irán, Ocupado Por El Doctor Antonio Bayona Ortiz

º A partir del 1º de agosto de 1983, suprímense, en el Servicio Exterior de la República, los siguientes cargos: Un (1) Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, grado ocupacional 7 EX de la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Irán, ocupado por el doctor Antonio Bayona Ortiz. Un (1) Segundo Secretario, grado ocupacional 2 EX, de la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Nicaragua, cargo actualmente vacante. Un (1) Auxiliar Administrativo 7 PA (local), de la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Irán, ocupado por la señorita Faridei Farzine Shaikh. Un (1) Auxiliar Administrativo 4 PA (local), de la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Irán, ocupado por el señor Mahmood Sadeghinejad.

Artículo 2A Partir Del 1º De Agosto De 1983, Suprímense Las Siguientes Partidas Asignadas A La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Irán: Gastos De Representación, Us$ 500

º A partir del 1º de agosto de 1983, suprímense las siguientes partidas asignadas a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Irán: Gastos de representación, US$ 500.00. Arrendamiento, US$ 1.000.00. Sostenimiento, US$ 555.00.

Artículo 3A Partir De La Misma Fecha Créase La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De La República De Indonesia

º A partir de la misma fecha créase la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República de Indonesia.

Artículo 4A Partir De La Misma Fecha, Créanse En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De La República De Indonesia, Los Siguientes Cargos: Un (1) Embajador Extraordinario Y Plenipotenciario, Grado Ocupacional 7 Ex

º A partir de la misma fecha, créanse en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República de Indonesia, los siguientes cargos: Un (1) Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, grado ocupacional 7 EX. Un (1) Segundo Secretario, grado ocupacional 2 EX, encargado de las funciones consulares en Jakarta. Un (1) Auxiliar Administrativo Bilingüe 7 PA (local), con una asignación mensual de ochocientos dólares (US$ 800.00). Un (1) Auxiliar Administrativo. 4 PA (local), con una asignación mensual de seiscientos diez dólares (US$ 610.00).

Artículo 5A Partir Del 1º De Agosto De 1983, Asignase A La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De La República De Indonesia Las Siguientes Partidas: Gastos De Representación, Us$ 500

º A partir del 1º de agosto de 1983, asignase a la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República de Indonesia las siguientes partidas: Gastos de representación, US$ 500.00. Arrendamiento, US$ 1.000.00, Sostenimiento, US$ 555.00.

Artículo 6Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto, Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores

º Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 7Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

º Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de tus facultades legales
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público