en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO Que al doctor Antonio José Gómez R., Médico de la Campaña Nacional de Vacunación Anti- variolosa, se le concedió una licencia por un mes para retirarse de dicho cargo, la cual venció el 26 de febrero del año en curso. Que hasta el 5 de marzo, o sea ocho días después del vencimiento de la licencia, el doctor Antonio José Gómez R., no había reasumido sus funciones, por lo cual el Ministerio de Salud Pública resolvió elaborar en dicha fecha el correspondiente Decreto de ins
Considerando · 3 motivos
Que al doctor Antonio José Gómez R., Médico de la Campaña Nacional de Vacunación Anti- variolosa, se le concedió una licencia por un mes para retirarse de dicho cargo, la cual venció el 26 de febrero del año en curso.
Que hasta el 5 de marzo, o sea ocho días después del vencimiento de la licencia, el doctor Antonio José Gómez R., no había reasumido sus funciones, por lo cual el Ministerio de Salud Pública resolvió elaborar en dicha fecha el correspondiente Decreto de insubsistencia;
Que una vez firmado el citado Decreto, se recibió en el Ministerio de Salud Pública una licencia por enfermedad, expedida por la Caja Nacional de Previsión a favor del doctor Antonio José Gómez R., por 180 días, contados a partir del 27 de febrero del año en curso;
Artículo 1
Artículo único. Declárase sin valor el Decreto número 0493 de marzo 9 del año en curso, por medio del cual se declaró insubsistente el nombramiento del doctor Antonio José Gómez R. como Médico de la Campaña Nacional de Vacunación Antivariolosa. Comuníquese y cúmplase.