Micelio

decreto 2003 de 1950

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que el personal de la Recaudación de Hacienda Nacional de la Dorada, es insuficiente para atender las distintas secciones de esa dependencia, y especialmente en lo relacionado con el control en los depósitos de la Tropical Oil Company, de la salida de gasolina, aceites, etcétera, para las distintas ciudades del país

Considerando · 2 motivos

Que el personal de la Recaudación de Hacienda Nacional de la Dorada, es insuficiente para atender las distintas secciones de esa dependencia, y especialmente en lo relacionado con el control en los depósitos de la Tropical Oil Company, de la salida de gasolina, aceites, etcétera, para las distintas ciudades del país;

Que la Recaudación de Hacienda Nacional mencionada, debe expedir las guías de tránsito correspondientes, con base en una información oficial;

Artículo 1

Artículo primero. Créase el cargo de Oficial de Impuestos de la Recaudación de Hacienda Nacional de la Dorada, con una asignación mensual de doscientos pesos ($ 200.00).

Artículo 2

Artículo segundo. La Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales, fijará por medio de Resolución las funciones especiales de este nuevo cargo.

Artículo 3

Artículo tercero. Cámbiese el nombre del cargo de Cartero-Notificador de la Sección Segunda de la Administración de Hacienda Nacional del Valle, por el de Auxiliar, nueva denominación con que debe figurar el empleado que lo sirve. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia en uso de sus facultades legales, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público