en uso de sus facultades legales
Artículo 1
Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios del instituto técnico industrial de Cúcuta, se distribuyen las siguientes partidos apropiada en el presupuesto nacional vigente, así:
Jefe del taller de Metalistería
Director
Para alimentación en 10 meses: febrero a noviembre:
De 20 alumnos becados internos, a razón de $ 47 mensuales, cada uno
De seis empleados internos que por razón de sus cargos deben permanecer en el establecimiento durante el periodo de vacaciones, según distribución que haga el director
Para servicio de energía, agua, aseo, teléfono, material industrial de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, compra maquinaria y herramientas, laboratorios, conservación de los mismos, jornales, imprevistos y demás casos del instituto.
Cursos de capacitación obrera, anexos al instituto.
Para sueldos en 10 meses: febrero a noviembre:
Jefe
Para compra de elementos y materiales de enseñanza.
Las partidas distribuídas en el presente Decreto, serán giradas al Habilitado-Almacenista del Instituto.
Artículo 994Para Sueldos En Enero: Instructor Del Taller De Forja Y Soldadura $ $ 200
Artículo único. Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios del instituto técnico industrial de Cúcuta, se distribuyen las siguientes partidos apropiada en el presupuesto nacional vigente, así: Mensual. Total
Capítulo 85, artículo 994. Para sueldos en enero: Instructor del taller de forja y soldadura $ $ 200.00 Suma $ $ 200.00 Para sueldos en 11 meses: febrero a diciembre: Jefe del taller de Metalistería $ 250.00 2.750. 00 Ayudante del habilitado-Almacenista 157.00 1.727.00 Profesorado externo, a razón de $ 3 la hora, hasta 60.00 660.00 Sumas $ 467.00 5.337.00 Para sueldos en 12 meses: enero a diciembre: Director $ 510.00 6.120.00 Profesor-Jefe de Disciplina 330.00 3.960.00 Coordinador de Talleres 335.00 4.020.00 Habilitado-Almacenista 330.00 3.960.00 Secretario-Profesor 270.00 3.240.00 Profesor de Cultura General (Director del Grupo) 300.00 3.600.00 Dos profesores de cultura General (Directores de Grupo), a razón de $ 260 mensuales, cada uno 520.00 6.240.00 Dibujante Profesor 260.00 3.120.00 Cuatro Jefes de Talles, a razón de $ 260 mensuales cada uno 1.040.00 12.480.00 Tres Instructores de talle, a razón de $ 210 mensuales, cada uno 630.00 7.560.00 Mecanógrafa 140.00 1.680.00 Ecónoma 120.00 1.440.00 Capellán-Profesor de Religión 100.00 1.200.00 Médico 100.00 1.200.00 Odontólogo 90.00 1.080.00 Sumas 5.075.00 66.237.00
Capítulo 85, artículo 995. Para alimentación en 10 meses: febrero a noviembre: De 20 alumnos becados internos, a razón de $ 47 mensuales, cada uno $ 940.00 9400.00 De 20 empleados internos (Director, Profesor-Jefe de Disciplina, coordinador de Talleres, Habilitado Almacenista, Secretario-Profesor, 3 Profesores de Cultura General (Directores de Grupos), Dibujante Profesor, cinco Jefes de taller, 3 Instructores de Taller, ayudante del Habilitado-Almacenista, Mecanógrafa y Ecónoma), a razón de $ 50 mensuales cada uno 1.000.00 10.000. 00 Del servicio doméstico y legislación, hasta 300.00 3000.00 Sumas $ 2.240.00 22.400.00 Para alimentación en diciembre: De seis empleados internos que por razón de sus cargos deben permanecer en el establecimiento durante el periodo de vacaciones, según distribución que haga el director $ 296.00 Suma 22.696.00 Gastos varios: enero a diciembre: Para servicio de energía, agua, aseo, teléfono, material industrial de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, compra maquinaria y herramientas, laboratorios, conservación de los mismos, jornales, imprevistos y demás casos del instituto. 942.00 11.304.00 Suma $ 34.000.00 Mensual. Total.
Capítulo 85, artículo 996. Cursos de capacitación obrera, anexos al instituto. Para sueldos en 10 meses: febrero a noviembre: Jefe $ 50.00 500.00 Cinco profesores detalle, a razón de $ 50 mensuales, cada uno 250.00 2.500.00 Profesorado externo de Cultura General y Técnica, durante 50 horas mensuales, a razón de $ 3 cada hora, según distribución que haga el Ministerio. 150.00 1.500.00 sumas $ 450.00 4.300.00 Gastos varios, febrero a noviembre: Para compra de elementos y materiales de enseñanza. $ 50.00 500.00 Total $ 5.000.00
Las partidas distribuídas en el presente Decreto, serán giradas al Habilitado-Almacenista del Instituto. Comuníquese y publíquese.