El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de las facultades constitucionales que le confiere el numeral 1 del artículo 189 de la Constitución Política
Artículo 1Nombramiento
°. Nombramiento . Nómbrase a partir de la fecha, al doctor Jorge Eduardo Londoño Ulloa, identificado con la cédula de ciudadanía número 19455957 como Ministro de Justicia y del Derecho.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República