Micelio

decreto 1002 de 2004

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política

Artículo 1Suprímase El Consulado Honorario De Colombia En La Ciudad De Casablanca, Reino De Marruecos, Con Circunscripción En Todo El Territorio Del País, Creado Mediante Decreto Número 536 Del 25 De Marzo De 1988

°. Suprímase el consulado honorario de Colombia en la ciudad de Casablanca, Reino de Marruecos, con circunscripción en todo el territorio del país, creado mediante Decreto número 536 del 25 de marzo de 1988.

Artículo 2Suprímase El Cargo De Cónsul Honorario De Colombia En La Ciudad De Casablanca, Reino De Marruecos, Con Circunscripción En Todo El Territorio Del País, Creado Mediante Decreto Número 536 Del 25 De Marzo De 1998

°. Suprímase el cargo de cónsul honorario de Colombia en la ciudad de Casablanca, Reino de Marruecos, con circunscripción en todo el territorio del país, creado mediante Decreto número 536 del 25 de marzo de 1998.

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política
El Viceministro de Relaciones Exteriores Encargado de las Funciones del despacho de la señora Ministra