Micelio

decreto 849 de 1935

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO que el honorable Consejo de Ministros, en su sesión del día 3 del mes en curso, conceptuó favorablemente sobre las solicitudes presentadas por el Ministerio de Obras Públicas y el Departamento Nacional de Higiene, por conducto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectuar algunos traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal de 1935, de conformidad con los artículos 32 y 33 de la Ley 64 de 1931

Artículo 1Hácense En El Presupuesto Del Ministerio De Obras Públicas Para El Presente Año, Los Siguientes Traslados: Ministerio De Obras Publicas Capítulo 56 Conservación Y Construcción De Carreteras Nacionales

Hácense en el presupuesto del Ministerio de Obras Públicas para el presente año, los siguientes traslados: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capítulo 56 Conservación y construcción de carreteras nacionales. Del artículo 256 A. Para la construcción, de la carretera Bucaramanga-Pamplona $ 60,000 Al artículo 256 B. Para dar cumplimiento al contrato sobre la construcción de la carretera del Noroeste, en el Departamento-de Santander. $ 60,000 Sumas iguales $ 60,000 60,000

Artículo 2Hácense En El Presupuesto Del Departamento Nacional De Higiene Los Siguientes Traslados: Departamento Nacional De Higiene Capítulo 63

º Hácense en el presupuesto del Departamento Nacional de Higiene los siguientes traslados: DEPARTAMENTO NACIONAL DE HIGIENE Capítulo 63. Personal y Material. Del artículo 294. Para la campaña contra la toxicomanía, visitas de inspección sanitaria, aislamiento de enfermos, pago de pensiones hospitalarias y demás gastos $ 2,000 Del artículo 295. Para la profilaxis y lucha contra las enfermedades venéreas 3,000 Del artículo 297. Para sueldos del personal y material de la protección de la infancia 5,000. Al artículo 291. Par-a la campaña contra el paludismo, el pian, la amibiasis, fiebre amarilla y demás endemias tropicales y pago de los sueldos del personal necesario $ 10,000 Sumas iguales $ 10,000 10,000 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas
El Ministro de Agricultura y Comercio