Artículo 1Distribución De Funciones
°. Distribución de funciones. Las funciones asignadas al Departamento Nacional de Planeación mediante el Decreto-ley 4923 de 2011, "por el cual se garantiza la operación del Sistema General de Regalías", serán ejercidas transitoriamente a través de las dependencias que se relacionan a continuación
El Director General en ejercicio de la Presidencia de la Comisión Rectora debe coordinar el desarrollo de las actividades a su cargo;
La Subdirección General, ejerce la Secretaría Técnica de la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías; así como la coordinación e implementación del mismo en lo concerniente a las competencias asignadas al Departamento Nacional de Planeación.
La Dirección de Regalías: 3.1. Elaborar la propuesta que la Secretaría Técnica debe presentar a la Comisión Rectora, de la metodología para la evaluación y seguimiento de los proyectos a financiarse con los recursos del Sistema General de Regalías, salvo lo relacionado con el Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación. 3.2. Verificar que los proyectos financiados por los Fondos de Compensación Regional y de Desarrollo Regional, definidos previamente por los órganos colegiados de administración y decisión, cumplan con los requisitos necesarios para su aprobación. 3.3. Administrar la implementación, puesta en marcha y funcionamiento del Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación del Sistema General de Regalías y de los recursos de regalías en los términos previstos en el Decreto-ley 4923 de 2011.
La Dirección de Desarrollo Territorial Sostenible calcula la distribución de los recursos del Sistema General de Regalías entre los Fondos y los beneficiarios de los mismos, que deberá ser informada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
La Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas administra el Banco de Programas y Proyectos de Inversión del Sistema General de Regalías y elabora la propuesta de metodología y lineamientos para la formulación de proyectos.
Las Direcciones Técnicas y la Subdirección de Desarrollo Ambiental Sostenible, según sus competencias, viabilizan los proyectos de inversión del Sistema General de Regalías, en los términos a que se refiere el artículo 26 del Decreto-ley 4923 de 2011.
Artículo 2Vigencia
°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 3517 de 2009.