Micelio

decreto 430 de 1876

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Considerando · 1 motivo

Que la guerra no puede hacerse sin desventaja por ningún belijerante, cuando no se emplean por é1 las debidas retaliaciones; Visto el artículo 91 de la Constitución nacional;

Artículo 1

En la actual guerra civil, provocada por los Gobiernos de Antioquia i Tolima, so hará por parte del de la Unión, en punto a represalias, cuanto sea permitido por el Derecho de jentes. Comuníquese para su cumplimiento por todos los funcionarios civiles i militares a quienes toque.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores