Micelio

decreto 1472 de 1977

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales y en especial de las que le confiere el Decreto extraordinario 133 de 1976.

Artículo 1

Artículo primero . Adicionase el artículo tercero del Decreto 1080 de 1977 en el sentido de que formara parte de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Fomento de la Industria Apicola, un representante de la Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero.

Artículo 2

Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Agricultura