en ejercicio de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que el Decreto número 2492 de 1947 dispuso que el personal administrativo que se requiriera en las diferentes zonas de conservación y en las obras dependientes del Departamento de Ferrocarriles y Carreteras Nacionales del Ministerio de Obras Públicas fuera designado por medio de decreto, y Que los cargos que se crean por el presente decreto se habían atendido anteriormente por jornal
Considerando · 2 motivos
Que el Decreto número 2492 de 1947 dispuso que el personal administrativo que se requiriera en las diferentes zonas de conservación y en las obras dependientes del Departamento de Ferrocarriles y Carreteras Nacionales del Ministerio de Obras Públicas fuera designado por medio de decreto, y;
Que los cargos que se crean por el presente decreto se habían atendido anteriormente por jornal;
Artículo 1
Artículo primero. Dependiente de la Zona de Carreteras Nacionales de Neiva, créanse los siguientes cargos, con las asignaciones mensuales que a continuación se expresan: Un Ayudante del Cajero $ 220.00 Un Ayudante del Contador 210.00 Un Inspector Sección Norte 280.00 Un Inspector Sección Sur 280.00 Un Inspector Sección Centro 280.00 Un Inspector Camino del Caguán 280.00 Un Ayudante de Almacén 240.00 Un Oficial de Kárdex 120.00 Un Farmacéutico 240.00 Un Jefe de personal 200.00 Una Mecanógrafa 90.00
Artículo 2
Quedan suprimidos en la Zona de Carreteras Nacionales de Neiva, los cargos administrativos determinados en el artículo 3° del Decreto número 2492 de 1947, que no figuren en el presente.
Artículo 3Del Decreto Número 2492 De 1947, Que No Figuren En El Presente
Artículo segundo. Quedan suprimidos en la Zona de Carreteras Nacionales de Neiva, los cargos administrativos determinados en el artículo 3° del Decreto número 2492 de 1947, que no figuren en el presente.