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decreto 3929 de 2007

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a lo dispuesto en la Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, y CONSIDERANDO: Que el Decreto 2394 del 24 de octubre de 2002, con base en los lineamientos definidos en la sesión 92 del 9 de octubre de 2002 del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, estableció una lista de bienes de capital

Considerando · 2 motivos

Que el Decreto 2394 del 24 de octubre de 2002, con base en los lineamientos definidos en la sesión 92 del 9 de octubre de 2002 del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, estableció una lista de bienes de capital;

Que en la sesión 174 del 3 de agosto de 2007, el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, aprobó incluir las Subpartidas Arancelarias 8413.81.90.00, 8413.82.00.00 y 8428.33.00.00 en la lista de bienes de capital establecida en el artículo 1° del Decreto 2394 de 2002;

Artículo 1Incluir En El Artículo 1° Del Decreto 2394 De 2002, Las Subpartidas Arancelarias 8413

°. Incluir en el artículo 1° del Decreto 2394 de 2002, las Subpartidas Arancelarias 8413.81.90.00, 8413.82.00.00 y 8428.33.00.00.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial Y Modifica En Lo Pertinente El Artículo 1° Del Decreto 2394 De 2002

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica en lo pertinente el artículo 1° del Decreto 2394 de 2002.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a lo dispuesto en la Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo