Micelio

decreto 2175 de 1975

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El Presidente de la Republica de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1Apruébese Y Adóptese El Reglamento De Régimen Disciplinario Para El Personal De Las Fuerzas Militares, El Cual Se Clasifica Así: -R

ARTICULO 1°. Apruébese y adóptese el Reglamento de Régimen Disciplinario para el personal de las Fuerzas Militares, el cual se clasifica así: -R. F. M. PUBLICO -SERIE A N° 4 (Regla. R.D.)

Artículo 2La Sección De Imprenta Y Publicaciones Del Comando General De Las Fuerzas Militares Editará Tres Mil (3000) Ejemplares Del Reglamento Que Se Aprueba Por El Presente Decreto

ARTICULO 2°. La sección de Imprenta y Publicaciones del Comando General de las Fuerzas Militares editará tres mil (3000) ejemplares del Reglamento que se aprueba por el presente Decreto.

Artículo 3Deróganse Los Decretos Números 2295 De 1940 (Diciembre 21) Y 837 De 1942 (Marzo 28), Aprobatorios De Los Reglamentos De Castigos Disciplinarios Y Reclamos Para El Ejército Y Del De Castigos Disciplinarios De La Armada Nacional, Respectivamente, Así Como Todas Las Demás Disposiciones Que Sean Contrarias Al Reglamento Que Se Aprueba, El Cual Regirá A Partir De La Fecha De Expedición Del Presente Decreto

ARTICULO 3°. Deróganse los Decretos números 2295 de 1940 (Diciembre 21) y 837 de 1942 (Marzo 28), aprobatorios de los Reglamentos de castigos Disciplinarios y reclamos para el Ejército y del de castigos Disciplinarios de la Armada Nacional, respectivamente, así como todas las demás disposiciones que sean contrarias al Reglamento que se aprueba, el cual regirá a partir de la fecha de expedición del presente Decreto.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Guerra