en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 80 de 1981
Artículo 1º
º. Fíjanse las siguientes asignaciones básicas mensuales en dólares estadounidenses para los empleos de la Contraloría General de la República en el exterior, así: DENOMINACION SUELDO Auditor I 1.950 Auditor II 2.830 Auditor III 3.540 Mecanotaquígrafo I. 920 Mecanotaquígrafo II. 1.100 Revisor de Documentos I. 1.910 Revisor de Documentos II. 2.210 Revisor de Documentos III 2.370 Secretario Bilingüe. 1.560 Técnico en Auditoría I 2.210 Técnico en Auditoría, II 2.760 Técnico en Auditoría III 3:070
Artículo 2º
º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga las disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1982. Comuníquese y cúmplase.