en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las que la confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, CONSIDERANDO: Que el artículo 19 del Decreto número 140 del 25 de enero de 2002, establece que el Gobierno Nacional designará delegados para realizar el seguimiento del Proceso Electoral del 10 de marzo Congresistas, 26 de mayo Presidente y Vicepresidente y 16 de junio de 2002 (segunda vuelta si fuere necesario)
Considerando · 1 motivo
Que el artículo 19 del Decreto número 140 del 25 de enero de 2002, establece que el Gobierno Nacional designará delegados para realizar el seguimiento del Proceso Electoral del 10 de marzo Congresistas, 26 de mayo Presidente y Vicepresidente y 16 de junio de 2002 (segunda vuelta si fuere necesario);
Artículo 1Para El Cumplimiento De Los Propósitos Señalados En El Artículo 19 Del Decreto 140 Del 25 De Enero De 2002, Desígnase Los Siguientes Funcionarios En El Distrito Capital De Bogotá Y Cada Uno De Los Departamentos Que Se Citan A Continuación: Bogotá Clemencia Forero De Ucros Viceministra De Relaciones Exteriores Amazonas Pedro Nel Ospina Santa María Presidente Bancafé Antioquia María Isabel Restrepo Correa Gerente Imprenta Nacional Arauca Carlos José Castro Espinosa Viceministro De Salud Atlántico Diego Humberto Caicedo Ortiz Superintendente De Servicios Públicos Domiciliarios Archipiélago De San Andrés, Providencia Y Santa Catalina Olga Isabel Echeverri Iregui Consejería Presidencial –Plan Colombia– Bolívar Luis Carlos Ramírez Múnera Viceministro De Desarrollo Económico Boyacá Martha Inés Villegas Bello Directora General Caja Nacional De Previsión –Eps– Caldas María Eulalia Arteta Manrique Directora General Departamento Administrativo Nacional De Estadística, Dane Caquetá Armando Mario Madrid Malo Director General Instituto Nacional De Adecuación De Tierras, Inat Casanare Luis Francisco Jordán Peñaranda Director Nacional Escuela Superior Administración Pública, Esap Cauca Fernando Medellín Lozano Gerente General Red De Solidaridad Social Cesar Samuel Velásquez Uribe Viceministro De Comunicaciones Córdoba Jorge Cardozo Luna Gerente General Incora Cundinamarca Mónica Murcia Páez Superintendente De Industria Y Comercio Chocó Julio César Vásquez Higuera Superintendente De Vigilancia Y Seguridad Privada Guainía Iván Rodrigo Alvarado Gaitán Gerente General, Inurbe Guaviare José William Garzón Salas Director General Del Instituto Colombiano De Energía Eléctrica, Ipse Huila Luz Marina Chica Arango Directora General, Instituto Colombiano De Crédito Educativo Y Estudios Técnicos En El Exterior, Icetex La Guajira Martha Mercedes Castrillón Simonds Viceministra De Cultura Magdalena Jorge Pinzón Sánchez Superintendente De Sociedades Meta Carlos Otero Gerdts Director General, Fondo De Coordinación Para La Inversión Rural, Fondo Dri Nariño Alvaro Patiño Pulido Viceministro De Trabajo Y Seguridad Social Norte De Santander Javier Roldán Barbosa Presidente Financiera De Desarrollo Territorial S
°. Para el cumplimiento de los propósitos señalados en el artículo 19 del Decreto 140 del 25 de enero de 2002, desígnase los siguientes funcionarios en el Distrito Capital de Bogotá y cada uno de los departamentos que se citan a continuación: Bogotá Clemencia Forero de Ucros Viceministra de Relaciones Exteriores Amazonas Pedro Nel Ospina Santa María Presidente Bancafé Antioquia María Isabel Restrepo Correa Gerente Imprenta Nacional Arauca Carlos José Castro Espinosa Viceministro de Salud Atlántico Diego Humberto Caicedo Ortiz Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina Olga Isabel Echeverri Iregui Consejería Presidencial –Plan Colombia– Bolívar Luis Carlos Ramírez Múnera Viceministro de Desarrollo Económico Boyacá Martha Inés Villegas Bello Directora General Caja Nacional de Previsión –Eps– Caldas María Eulalia Arteta Manrique Directora General Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE Caquetá Armando Mario Madrid Malo Director General Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT Casanare Luis Francisco Jordán Peñaranda Director Nacional Escuela Superior Administración Pública, ESAP Cauca Fernando Medellín Lozano Gerente General Red de Solidaridad Social Cesar Samuel Velásquez Uribe Viceministro de Comunicaciones Córdoba Jorge Cardozo Luna Gerente General Incora Cundinamarca Mónica Murcia Páez Superintendente de Industria y Comercio Chocó Julio César Vásquez Higuera Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada Guainía Iván Rodrigo Alvarado Gaitán Gerente General, Inurbe Guaviare José William Garzón Salas Director General del Instituto Colombiano de Energía Eléctrica, IPSE Huila Luz Marina Chica Arango Directora General, Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Icetex La Guajira Martha Mercedes Castrillón Simonds Viceministra de Cultura Magdalena Jorge Pinzón Sánchez Superintendente de Sociedades Meta Carlos Otero Gerdts Director General, Fondo de Coordinación para la Inversión Rural, Fondo DRI Nariño Alvaro Patiño Pulido Viceministro de Trabajo y Seguridad Social Norte de Santander Javier Roldán Barbosa Presidente Financiera de Desarrollo Territorial S. A., Findeter Putumayo José Antonio Durán Ariza Presidente La Previsora S. A. Quindío Federmán Quiroga Ríos Viceministro de Transporte Risaralda Mauricio Zuluaga Ruiz Director General Departamento Administrativo de la Función Pública Santander Margarita Peña Borrero Viceministra de Educación Nacional Sucre Fernando Sanclemente Alzate Superintendente de Puertos y Transporte Tolima Claudia María Uribe Pineda Viceministra de Comercio Exterior Valle Eva María Uribe Tobón Viceministra de Energía Vaupés Eugenio Gil Gil Superintendente de Notariado y Registro Vichada Diego Palacios Gutiérrez Director General Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes
Artículo 2
º . Los gastos que ocasionen el desplazamiento de los anteriores funcionarios, se harán con cargo el presupuesto de sus respectivas entidades.
Artículo 3º
º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.