Micelio

decreto 2375 de 1971

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Artículo 1

° . Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1971, con la cantidad de cinco millones quinientos setenta y cinco mil ochocientos ochenta y un pesos ($5.575.881.00) moneda legal que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 24 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputaciones al siguiente numeral. PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS. Capítulo VIII. b) Servicios Administrativos. Numeral 68. Contribución de los Bancos y entidades sujetas al control de la Superintendencia Bancaria $ 5.575.881.00 Suma el recurso $ 5.575.881.00

Artículo 2

º . Con base en el recurso de qué trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Capítulo 141. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Programa 168. Inspección y control bancario. Servicios personales. 102 - 113 - 117. Artículo 1517. Prima de Navidad 40.000.00 Gastos generales. 106 - 113 - 205. Artículo 1523. Viáticos y gastos de viaje 300.000.00 Transferencias. 202 - 331 - 402. Artículo 1530. Caja de Previsión Social Superbancaria 4.000.000.00 201 - 332 - 401. Artículo 1531. Pensiones 1.235.881.00 Suman los créditos $ 5.575.881.00

Artículo 3

º . El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público