Micelio

decreto 2002 de 1949

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren las Leyes 88 y 98 de 1948

Artículo 1

Artículo primero. Suprimense los siguientes cargos en el Ministerio de Justicia: Secretario de la Comisión de Reformas del Código de Procedimiento Civil, creado por Decreto número 721 de 1947. Mecanotaquígrafa y Oficial de Estadística de Materiales del Departamento de Presupuesto y Contabilidad.

Artículo 2

Artículo segundo. Créase en el Departamento de Presupuesto y Contabilidad del Ministerio de Justicia los cargos de Oficial Mayor de Presupuesto y Auxiliar de Contabilidad, con asignaciones mensuales de doscientos ochenta pesos ($ 280) y doscientos cincuenta pesos ($ 250), respectivamente

Artículo 3

Artículo tercero. El Secretario del Departamento de Establecimientos de Detención, Pena y Medidas de Seguridad del Ministerio de Justicia, tendrá una asignación de cuatrocientos diez pesos ($ 410) mensuales.

Artículo 4

Artículo cuarto. Este Decreto rige a partir del primero de julio del corriente año. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público